En su nueva versión de la Ley Ómnibus, que el oficialismo aspira a que reciba media sanción esta semana, el gobierno nacional endurece las penas contra quienes participen en manifestaciones. El proyecto corregido que trata la Cámara de Diputados dio marcha atrás con su propuesta más torpe -la que calificaba como manifestación a la reunión de tres o más personas-, cambiando ese número a 30 personas. Sin embargo, en todos sus aspectos la propuesta criminaliza la protesta: el articulado de la ley castiga los cortes de calle y acampes con penas más graves -de uno a tres años y seis meses de prisión si el tránsito es interrumpido, con penas no excarcelables si hay resistencia a la autoridad-. Otro punto es que mantiene la idea de que quien “convoque a otras personas a participar” en protestas que corten la calle también está cometiendo un delito, incluso aunque el convocante no participe. Finalmente, exige que para hacer cualquier tipo de manifestación se cuente con un permiso del Ministerio de Seguridad: un planteo ridículo al extremo de que incluso si el reclamo es “espontáneo” también hay que dar aviso previo. Si el Congreso aprueba estas propuestas de la Ley Ómnibus, las formas de protestas tradicionales desde la recuperación democrática -marchar por la calle, cortarla, acampar, hacer una asamblea en el espacio público- pasarán a ser consideradas delitos.
“Quienes deseen resistir frente a las políticas de ajuste o quienes pretendan llevar adelante protestas sociales, van a tener que hacerlo al margen de la norma”, dijo Luis Campos, investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA Autónoma. Campos calificó a la ley como una “norma infraconstitucional”, pero aún así planteó que su eventual aprobación “implica serios riesgos de tener que enfrentar consecuencias muy gravosas, como el despido en algunos casos, la apertura de causas penales en otros”.
La criminalización de los cortes figura dentro del mamotreto que Javier Milei llama “Ley Bases y Puntos de partida para la Libertad de los Argentinos”. El proyecto declara la emergencia en seguridad y en los artículos que van del 300 al 317 reglamenta las manifestaciones. En ellos fija que:
* Los cortes de calle serán penados con entre uno y tres años y seis meses de prisión.
* “Quienes organicen una reunión o manifestación” que interrumpa el tránsito “serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”.
* También convierte en delincuentes a quienes tomen asistencia en una marcha, a “quienes obliguen a otros a asistir, permanecer o alejarse de una movilización” y a quienes le provean de logística (micros, fletes, equipos de sonido).
Los artículos comienzan hablando sobre la interrupción del tránsito, ya que fueron redactados para modificar el artículo 194 del Código Penal, que se aplica a los cortes de ruta. Luego, sobre la marcha, el texto de la Ley Ómnibus generaliza y pasa a considerar delito a las “manifestaciones” o “reuniones”, usándolos de manera indistinta. Corte, manifestación, reunión o acampe son en la ley sinónimos de delito. En uno de los artículos, incluso se refiere a la cuestión como “el ejercicio de estos derechos”, lo que transmite cómo la idea de los redactores del proyecto es limitarlo.
Desafío a la lógica
Otro de los artículos de la Ley Ómnibus impone la obligación de avisar que se va a realizar una protesta con un mínimo de 48 horas de antelación. Incluso en el caso de que sea “espontánea”, dice el proyecto, deberá notificarse “lo antes posible”, un planteo que pone en aprietos al pensamiento lógico. El Ministerio de Seguridad queda habilitado, de aprobarse la ley, a negar el permiso, indicar cambios de horario o lugar de la manifestación.
En este sentido, todo el paquete sigue la misma intención que el protocolo antipiquetes que dio a conocer la ministra Patricia Bullrich el 14 de diciembre, dos días después de que el ministro de Economía, Luis Caputo, anunciara la desregulación de la economía y el ajuste del gasto público.
Un último artículo del capítulo de la Ley Ómnibus que reglamenta las manifestaciones es el 312. Se trata de una disposición plena de cinismo, ya que indica que el dinero que se recaude con las multas a quienes protesten va a destinarse a la integración sociourbana de los barrios populares. Doblemente cínico si se considera que la misma ley le quita al Fondo destinado a la urbanización de esos barrios (el FISU) lo que era una de sus principales fuentes de financiamiento, un porcentaje del impuesto a la compra de dólares-ahorro.
Perseguir y penalizar
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) advirtió que el texto de la Ley Ómnibus convierte en actos criminales conductas comúnmente observadas en manifestaciones sociales, como los cortes de ruta o de calles –aunque sean parciales–, o la congregación de muchas personas con carteles y banderas”.
Hechos que en sí mismos no afectan bienes como la vida, la seguridad o la libertad de las personas ahora serían sancionados con penas de prisión y con multas, agravadas para quienes tienen roles de “organizadores”, lo cual busca perseguir particularmente a las organizaciones sociales y sus referentes”, planteó el organismo de derechos humanos.
Para el CELS, “la cantidad de prohibiciones y restricciones” que impulsa el gobierno nacional “cambiaría por completo la lógica del uso del espacio público en un sentido extremadamente restrictivo”.
Campos, por su parte, añadió que “el capítulo de seguridad de la Ley Ómnibus implica un fuerte avance en la criminalización de la protesta social. Agrava notablemente las sanciones para los dos tipos penales que más se utilizan en esos casos, interrupción del tránsito y atentado y resistencia a la autoridad, y en algunos casos los transforman en delitos no excarcelables”.
“Además, establece un procedimiento para cualquier reunión y/o manifestación en la vía pública que en los hechos va a dificultar la realización de cualquier protesta social”.
Para el investigador, “este proyecto tiene que ser leído en conjunto con las restricciones al ejercicio del derecho a huelga contenidas en el DNU 70/23”, que amplió el listado de trabajos considerados esenciales y subió los porcentajes de los servicios que deben ser mantenidos. Esa ampliación, explicó, “transforma al derecho a huelga en una mera formalidad para muchos trabajadores y trabajadoras”.
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/706541-persecucion-y-sanciones-mas-duras-para-el-que-ose-protestar