Los integrantes de la Policía Federal Argentina (PFA), la Gendarmería, la Prefectura y la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) que estén acusados por graves violaciones a los derechos humanos no podrán ser defendidos por abogados o abogadas de las fuerzas. Así lo dispuso el Ministerio de Seguridad de la Nación, a través de una resolución que es parte del compromiso asumido por parte del Estado argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con la familia de Ricardo Javier Kaplun, un hombre que murió en 2000 mientras estaba en custodia policial después de haber sufrido una detención arbitraria.

La resolución 477 del Ministerio de Seguridad establece que quienes estén acusados por graves violaciones a los derechos humanos no podrán recibir el patrocinio jurídico de las fuerzas de seguridad federales o del Ministerio en cuanto cuenten con un procesamiento firme. La medida, reclamada por la familia Kaplun desde 2015, es la contracara de la defensa corporativa que, en general y salvo honrosas excepciones, impera dentro de las fuerzas de seguridad y las Fuerzas Armadas.

La disposición de la cartera que conduce Aníbal Fernández, si bien únicamente rige para las fuerzas federales, se conoce después de que un tribunal condenara a prisión perpetua a los tres policías de la Ciudad que asesinaron al joven Lucas González en 2021 y otros seis efectivos –con penas menores– por el encubrimiento del hecho.

“Esta nueva regulación es un logro de la permanente lucha de la familia Kaplun”, sostuvo el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) desde su cuenta de Twitter al informar acerca de la resolución que salió publicada en el Boletín Oficial.

El caso

Ricardo Javier Kaplun tenía 45 años cuando murió. En la madrugada del 28 de noviembre de 2000 estaba con un amigo, Alejandro Marcelo Alliano, y tuvieron un altercado con unos vecinos –que los persiguieron junto con el policía Jorge Renato Gaumudi para golpearlos. El hermano de Ricardo Javier, Juan María Kaplun, llamó a la comisaría del barrio –la 31, ubicada en la avenida Cabildo al 200– para dar aviso de la situación.

Al llegar, los efectivos inmovilizaron a Ricardo Javier, que era quien había sufrido la golpiza. El hombre pidió, en ese momento, que lo llevaran a un hospital porque tenía un fuerte dolor en la espalda. Sin embargo, no le hicieron caso: lo trasladaron a la comisaría y lo ingresaron como NN.

Cuando estaba en la dependencia policial, llamaron al SAME. Una médica lo atendió y advirtió que tenía una herida contuso-cortante, una excoriación en la región lumbar izquierda y sufría vómitos. La médica dispuso que lo trasladaran al Hospital Pirovano, donde también fue ingresado sin consignar su identidad, y murió a las 4.30 de la mañana después de haber sufrido un paro cardiorespiratorio.

La justicia avanzó de sobreseimiento en sobreseimiento. En 2002, la familia Kaplun decidió llevar el caso ante la CIDH con el acompañamiento de la Comisión de Familiares de Víctimas Indefensas de la Violencia Social (Cofavi). Diez años después, la CIDH admitió la petición y dio inicio a un proceso de solución amistosa entre el Estado argentino y la familia Kaplun.

El 10 de noviembre de 2015, durante los últimos días del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, el Estado argentino reconoció su responsabilidad y acordó una serie de medidas que deberían ser cumplidas. Entre ellas estaban algunas de carácter reparatorio, como conformar una comisión que informara sobre los incumplimientos de funcionarios policiales, judiciales y del Ministerio Público Fiscal y la instalación de una placa recordatoria en el lugar donde estuvo detenido arbitrariamente. La Argentina se comprometió a adoptar medidas de no repetición que incluían la capacitación de las fuerzas en los principios básicos sobre el empleo de las fuerzas y de las armas de fuego y el tratamiento de los reclusos. Otra de las medidas implicaba instalar circuitos de video cerrados en las comisarías donde hay detenidos y regular que –a diferencia de lo que pasó con los policías implicados en el caso Kaplun– quienes estén acusados judicialmente por graves violaciones a los derechos humanos no tengan patrocinio jurídico de las fuerzas.

Tire y afloje

El 29 de diciembre de 2016, Mauricio Macri firmó el decreto que oficializaba el acuerdo de solución amistosa con la familia Kaplun, pero los avances fueron más bien magros: se instaló una placa –que inicialmente querían ponerla al lado de los policías “caídos en cumplimiento del deber– y se colocaron cámaras en las comisarías que actualmente dependen de la Policía de la Ciudad.

A nivel nacional, el tema no fue particularmente sencillo con la presencia de Patricia Bullrich en el Ministerio de Seguridad, cuya gestión estuvo marcada por la defensa pública del policía comunal Luis Chocobar –que baleó por la espalda a un pibe que había atacado a un turista en La Boca– y de los gendarmes implicados en el operativo en el que desapareció Santiago Maldonado.

Según se consigna en el seguimiento que hizo la CIDH, en 2018, el Estado únicamente le había pedido informes a las fuerzas para saber cómo se manejaba el patrocinio jurídico en estos casos. Al año siguiente, la PFA envió un informe en el que decía que no había defensa para acusados por graves violaciones a los derechos humanos. La Prefectura contestó que no tenía casos de este tipo –para entonces, estaba en pleno trámite la investigación sobre el asesinato de Rafael Nahuel–. La PSA respondió que no tenía patrocinio jurídico y la Gendarmería –la fuerza favorita de Bullrich– omitió contestar.

Durante la gestión de Sabina Frederic al frente del Ministerio de Seguridad se trabajó en la capacitación de las fuerzas y se había acordado un borrador para prohibir que los abogados defiendan a policías involucrados en casos de violencia institucional pero no llegó a firmarse. Con la llegada de Aníbal Fernández, el texto volvió a rediscutirse y finalmente se rubricó esta semana.

Cuando Nilda Garré estuvo al frente del Ministerio de Seguridad (2010-2013), la Dirección de Derechos Humanos monitoreaba los casos para que no hubiera una defensa corporativa, pero nunca se llegó a establecer una regulación como ésta, explicaron fuentes al tanto de las tratativas entre la familia y el Estado argentino.

Un mensaje contra la defensa corporativa

Según la resolución, dentro de graves violaciones a los derechos humanos se engloban delitos –o tentativas– como homicidio doloso, homicidio calificado por abuso funcional, lesiones gravísimas, abuso sexual, desaparición forzada de personas, tortura y omisión funcional frente a casos de torturas. También alcanza a aquellos funcionarios o funcionarias que enfrenten cargos por encubrimiento o tentativa de encubrimiento.

La disposición también establece que la Secretaría de Seguridad y Política Criminal debe dictar un acto administrativo para que cada área de Jurídicos de las fuerzas de seguridad federales presente mensualmente un reporte en el que se dé cuenta de las causas en las que intervienen sus letrados. En caso de inobservancia, debe intervenir la Dirección de Control y Prevención de la Violencia Institucional.

Fuente: https://www.pagina12.com.ar/570284-para-que-las-fuerzas-de-seguridad-no-defiendan-a-quienes-vio