La derecha argentina sigue profundizando su campaña contra las indemnizaciones por despido sin causa. Esta semana, el diputado Martín Tetaz publicó un tuit donde sostuvo que por culpa de los juicios laborales no se genera empleo en Argentina. En las redes, recurrió al caso de una trabajadora que inició acciones legales tras ser despedida, aunque los datos eran mentira.
«Me acaba de contactar una emprendedora que tiene un local de estética en CABA. Una chica que estaba trabajando con ella hace un año, se autopercibe despedida y el abogado le reclama casi 4 millones de pesos de indemnización.
Por estos juicios no hay empleo.
Paremos esta locura», escribió Tetaz en su cuenta Twitter. El texto está acompañado por la imagen de la liquidación indemnizatoria exigida por los abogados de la trabajadora despedida.
Declaraciones similares fueron realizadas en las últimas semanas por distintos referentes de Juntos por el Cambio, como Horacio Rodríguez Larreta, Patricia Bullrich y María Eugenia Vidal, quienes prometen una rápida reforma laboral con recorte en derechos laborales, que también estuvo en agenda – no se llevó a cabo por la resistencia de los gremios – durante el gobierno de Maurico Macri, quien incluso en 2017 prometió terminar con «la mafia de los juicios laborales».
Consultado por Página/12, Tetaz justificó su declaración afirmando que «hace 11 años que en Argentina no se crea empleo en el sector privado». El dato de Tetaz es llamativo: en el tercer trimestre de 2021 la tasa de desocupación fue del 7 por ciento, la más baja en los últimos cinco años.
Además, el diputado macrista dijo que mantiene un diálogo constante con representantes del sector productivo y manifestó el denominador común es que «todos le tienen pánico al juicio laboral» y que por eso se resisten a realizar nuevas contrataciones.
Ante esta situación, Tetaz adelantó que está trabajando en un proyecto de ley de emergencia laboral para que las Pymes puedan contratar trabajadores durante todo el 2024 sin riesgo de juicio por despido.
«La iniciativa contempla proteger a los trabajadores con un seguro de desempleo. El empleador hace un aporte del 7 por ciento de la nomina todos los meses y el Estado complementa ese aporte. En en caso de ser despedido el trabajador podrá cobrar un seguro de desempleo que estará entre el 70 y el 90 por ciento del salario que cobraba en actividad», comentó el diputado quien sostuvo que este proyecto descomprimiría cualquier desincentivo que hay hoy para contratar nuevos trabajadores.
A continuación, Tetaz contó que esta propuesta no afectaría a ningún trabajador en actividad. Para ellos tiene otro plan. «Para el stock de los trabajadores que ya están trabajando en las empresas lo que hay que hacer es volver al esquema que había previo a los 90′ y desconectar el juicio laboral de las multas de la AFIP que engrosan el monto a pagar», agregó.
La fake news de Martín Tetaz
El tuit de Tetaz tuvo un fuerte repudio y rechazo por parte de distintos abogados laboralistas y especialistas que desmintieron la afirmación de que los juicios por despidos atenten contra la generación de empleo.
Pero además, Página/12 habló con la abogada de la mujer despedida para reconstruir el caso que usó el diputado como ejemplo para despotricar contra las leyes laborales. La respuesta fue contundente: en primer lugar, porque omite que la trabajadora no estaba registrada y que cumplía extensas jornadas laborales; pero además, porque no se trataba de una «emprendedora», sino de una empresa de cosméticos y que pagaba un salario miserable.
Precarización y despido
En su tuit Tetaz hace mención al caso de Scarlet, una trabajadora despedida de Isabella Nails & Esthetics, una empresa de cosméticos con varias sucursales que dista mucho de ser un mero «emprendimiento», como definió el diputado.
La mujer trabajó en la empresa durante más de un año sin ningún tipo de registro. Tenía jornadas laborales de ocho horas que se extendían hasta 12 en múltiples ocasiones. Trabajaba 6 días a la semana, con franco los lunes y le pagaban 25 mil pesos mensuales, cuando el convenio colectivo específico para este tipo de tareas tiene la categoría de manicura y establece un salario básico de 95 mil pesos, más un esquema de comisiones.
Además de la extrema precariedad, Scarlet sufrió todo tipo de situaciones irregulares de vulneración de derechos. «Ella se enfermó de covid y no pudo trabajar por diez días. No solo no cuenta con ningún tipo de cobertura de salud por parte de la empresa sino que tampoco le pagaron los días que no trabajó», contó Tamara Rossi, integrante de la Defensoría de Laburantes y abogada de Scarlet.
Tras varios meses de reclamo, la empresa decidió «registrar parcialmente» a la mujer pero sin actualizarle su salario. Cuando Scarlet reclamó una mejora salarial, la empresa amenazó con despedirla fundamentando que ella estaba en período de prueba cuando en realidad ya llevaba más de un año trabajando.
La mujer se contactó con la Defensoría, donde le explicaron que tenia derecho a reclamar formalmente la registración del vínculo laboral. Su abogada intimó a la firma Isabella Nails & Esthetics para que registren a Scarlet pero la empresa rechazó dicha posibilidad por lo que se consideró que Scarlet había sido despedida como establece la ley laboral para estos casos.
«Cuando hay algún incumplimiento por parte de la empleadora los trabajadores pueden exigir que se revierta ese incumplimiento y si no se revierte pueden considerarse despedidos y exigir la indemnización correspondiente», señaló la abogada.
Desde la Defensoría se pidió la intervención del SECLO, el organismo que depende del Ministerio de Trabajo encargado de llevar adelante las conciliaciones laborales, y en la primera audiencia la empresa ofreció 120 pesos de indemnización para resolver el asunto en términos legales una cifra irrisoria en relación al tiempo de trabajo, a la precarización y los padecimientos que sufrió la trabajadora.
Cómo se calcula la indemnización por despido
En respuesta a la tuit de Tetaz, el sociólogo Luis Campos, coordinador del Observatorio del Derecho Social de la CTA – Autónoma, publicó un hilo de Twitter donde explicó cómo se construyen los montos de las indemnizaciones por despido.
«La ley de contrato de trabajo prevé un sistema muy sencillo para calcular la indemnización por despido: un mes de salario por año de antigüedad o fracción mayor de tres meses y un mes de preaviso. Es decir, a un trabajador con un año de antigüedad y un salario de $ 100.000 mensuales le corresponde una indemnización de $ 200.000. A esto se suman algunos conceptos menores: el aguinaldo y vacaciones proporcionales y el mes del despido que se cobra entero», explicó Campos.
«¿Pero entonces cómo puede ser que se llegue a una liquidación de $ 4.000.000?. Acá entran a jugar otros aspectos que no tienen nada que ver con la indemnización por despido. Muchos empleadores suelen pagar menos de lo que corresponde. En la liquidación final se pueden reclamar esas diferencias por los últimos dos años», continuó el sociólogo.
«Otro ejemplo clásico son los adicionales que el empleador no paga, incluyendo las comisiones que están previstas en algunos convenios colectivos de trabajo. Se trata de salarios adeudados, nada que ver con las indemnizaciones por despido», añadió Campos, quien agregó las multas por empleo no registrado también generan aumentos fuertes en las liquidaciones finales.
Todas estas situaciones fueron contempladas en la exigencia de la defensa de la trabajadora despedida. «Hay una cuestión de mala fe por parte del diputado al publicar la liquidación porque lo que se exige es el subtotal. El total contempla todas las multas, injurias y los costos específicos de algunas leyes que solo se pueden cobrar cuando tenemos una sentencia judicial que suele demorar entre tres y seis años en la Ciudad de Buenos Aires», comentó Rossi.
Los despidos y la generación de empleo
En diálogo con Página/12, Matias Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas (ALAL), sostuvo que la premisa de Tetaz de que la indemnización por despidos atenta contra la generación de empleos «es falsa».
«Los juicios laborales los genera el incumplimiento de un empleador, esa es la única posibilidad de que se inicie un reclamo», remarcó el abogado, que precisó que en la Argentina hay alrededor de un 35 por ciento de informalidad, lo que significa que casi 5 millones de personas contratadas de manera ilegal están en condiciones de hacer juicios laborales. «Sin embargo la litigiosidad es baja porque ahí opera el miedo de los trabajadores de perder el empelo. Es decir que el problema, en todo caso, es la industria del incumplimiento patronal», expresó.
Por otro lado, Cremonte planteó que la extensa duración de los juicios beneficia a los empresarios, que al termino del proceso judicial terminan pagando mucho menos de lo que hubieran debido pagar al inicio del mismo.
«El problema de estos discursos es que preanuncian proyectos de reformas laborales regresivas, que nunca generaron empleo ni lograron revertir la informalidad, al contrario, fueron siempre parte del deterioro del mercado de trabajo», dijo el abogado.
Para Tetaz, la culpa es de los abogados y de las leyes
Rossi contó que lo que Tetaz escribió en público lo profundizó en privado con ataques hacia los abogados laboralistas. «La única respuesta de ustedes es más hambre. Hace 11 años que la economía no crea empleo privado registrado», le mandaron desde la cuenta de instagram del diputado a la abogada de Scarlet.
«Lo que más nos preocupa de toda esta situación es el lobby y la militancia que se está haciendo en pos de la flexibilización laboral. Con el escenario político, social y económico que tenemos en nuestro país es preocupante que Juntos por el Cambio tenga una línea tan fuerte vinculada a la eliminación de derechos y garantías de los trabajadores», dijo Rossi.
«Es un debate que si no nos organizamos como trabajadores y si no pensamos con conciencia de clase lo podemos perder. Si eso sucede vamos a volver a tener una nueva ola de flexibilización laboral y empobrecimiento como en los 90′», completó.
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/429525-la-fake-news-de-martin-tetaz-sobre-los-juicios-laborales-y-e