Después de más de un año de parsimonia, la Corte Suprema estaría más cerca de fallar sobre una demanda del Grupo Clarín contra el decreto que estableció que los servicios de internet, cable y telefonía son esenciales y deben ser regulados por mecanismos estatales que faciliten el acceso a ellos. Para eso el tribunal rechazó por «inadmisible» la recusación planteada por el Estado nacional contra Carlos Rosenkrantz, quien tuvo al holding mediático como cliente en su estudio antes de llegar a ser supremo. Con el aval de sus pares –Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti– ahora podrá participar de la sentencia sobre esta cuestión, uno de los expedientes donde se puede ver más claramente cómo las decisiones del máximo tribunal pueden afectar a cualquier ciudadano/na.
El Grupo Clarín, como es evidente, quiere seguir poniendo tarifas a su antojo y por eso cuestionó el decreto 690 del 21 de agosto de 2020. De hecho pudo hacerlo obteniendo ganancias todo este tiempo al judicializar el tema y porque la Sala II de la Cámara en lo contencioso administrativo le dio la razón. Luego ese tribunal rechazó un recurso extraordinario del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), que finalmente llegó a la Corte Suprema, a fines de junio de 2021. El tiempo transcurrido desde entonces, también permitió que las empresas continuaran con su facturación. Todas las firmas del sector tuvieron ingresos en 2021 por algo más de 970.000 millones de pesos (esto abarca los servicios de telefonía fija, móvil, internet, TV por suscripción y otros servicios de comunicación audiovisual). A la facturación de este año hay que sumarle un 60% aproximadamente, informaron en el ENACOM. El Grupo Clarín, en el primer trimestre de este año, por ejemplo, a través de Telecom Argentina se llevó 46% del total de los ingresos.
Rosenkrantz
A fines de octubre del año pasado el juez Rosenkrantz les anunció a sus pares que no se excusaría más en expedientes que tuvieran como parte a algunos de sus ex clientes. El planteo era que ya llevaba cinco años en la Corte y le parecía suficiente para despejar sospechas. La realidad es que, si bien se había excusado en unas 85 causas, en otras no lo había hecho, como reveló Página/12 en 2019. Para ese entonces había participado en una veintena de casos ligados a quienes representó, en especial grandes empresas, que luego escalaron a 25. Ejemplos en los que falló de ambos lados del mostrador abarcan empresas como AMX (Claro), Clínica Estrada, Supercanal, YPF, Supermercado Día, América, Piero y Pan American Energy.
Después del anuncio de que ya no se apartaría, el Estado hizo un planteo específico en la causa sobre las tarifas de telefonía, cable e internet para que se excuse. Esto es lo que la Corte decidió rechazar ahora con el argumento de que la presentación fue extemporánea y que debió presentarse con el recurso extraordinario, que en rigor no llegó al tribunal porque la Cámara lo rechazó, por lo que la vía fue un recurso de queja. Pero, además, los supremos sostienen que «no es causa de recusación la circunstancia de que el juez cuyo apartamiento se pretende haya patrocinado anteriormente a uno de los interesados en asuntos distintos y terminados, tal como aquí se alega».
Aunque firmó con la mayoría, Lorenzetti hizo un voto separado donde dice que «el juez está obligado a abstenerse de intervenir en aquellas causas en las que se vea comprometida su imparcialidad o en las que un observador razonable pueda entender que hay motivo para pensar así…”. Recuerda que en el decreto 222/2003 de Néstor Kirchner que estableció un sistema de escrutinio público para elegir a los jueces/zas de la Corte, «se establece un criterio amplio, que incluye especialmente la nómina de clientes y sobre ello dispone que se debe adjuntar una declaración jurada, además del compromiso que se asume en la audiencia pública que se efectúa en el Honorable Senado de la Nación».
Rechazos del Gobierno
El ministro de Justicia, Martín Soria, cuestionó la decisión de la Corte de habilitar la intervención de Rosenkrantz. «La CSJN (Corte Suprema) habilitó que el exempleado de Clarín, Rosenkrantz, decida si los argentinos tenemos derecho a un servicio de internet de calidad y a precio justo como estableció (el presidente) Alberto Fernández», publicó Soria en Twitter. Y remató: «Esta CSJN no solo tiene doble vara para aplicar la ley: también está de los dos lados del mostrador».
En la misma línea, la senadora del Frente de Todos Juliana Di Tullio recordó su intervención en el Senado durante el debate por la reforma de la Corte y tuiteó : «La CSJN habilitó que el cortesano que fue abogado de Clarín, Rosenkrantz, decida si el pueblo tiene derecho a un servicio de internet de calidad y precio justo según el decreto 690 de Alberto Fernández. ¿Ves que la CSJN de 4 miembros te afecta la vida?».
En el tribunal vaticinan que el fallo sobre las tarifas de comunicaciones no demoraría.
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/485768-la-corte-avalo-que-carlos-rosenkrantz-intervenga-en-una-dema