Hasta ahora el DNU 70/2023 de Javier Milei venía coleccionando cautelares que frenaban el capítulo cuarto referido a la destrucción de la legislación laboral. Ahora, desde la justicia de Misiones, llegó un amparo –presentado por asociaciones de yerbateros– que suspende los efectos del decreto en lo referido a la desregulación de la actividad yerbatera. La jueza que hizo lugar al reclamo entendió que está en riesgo la actividad económica y suspendió –entre otros ítems– la pretensión del gobierno nacional de eliminar la potestad que tiene el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) de regular los precios de la materia prima.
El DNU emitido por el gobierno de Milei promueve la derogación de los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 de la ley 25.564, que en 2002 creó el INYM y le dio la potestad, entre otros temas, de fijar precios de la yerba, registrar a los productores que trabajan en Misiones y, de esa forma, identifica a los beneficiarios de la obra social.
Días atrás, la justicia federal se había declarado incompetente ante un planteo que había realizado el gobierno de Misiones sobre la constitucionalidad del decreto. En esa oportunidad, el juez Alejandro Gallandat, subrogante del Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas, dictaminó que al estar involucrada una provincia contra el Estado Nacional debe ser la Corte Suprema la que decida sobre la cuestión de fondo: si el DNU es o no constitucional. Además, Gallandat evitó pronunciarse sobre la medida cautelar de no innovar.
Ahora fue la jueza de primera instancia en lo Civil y Comercial N°8 de Posadas, Misiones, Adriana Fiori, la que hizo lugar al recurso de amparo presentado por la Asociación de Productores Agropecuarios de Misiones, Unión de Agricultores de Misiones, Asociación Civil de Productores Yerbateros del Norte, la Asociación Chimiray, la Asociación de los Yerbateros del Alto Uruguay, la Casa de la Familia Yerbatera, el Centro Agrario Yerbatero Argentino y la Asociación Civil Agrícola, Ganadera y Forestal de la Zona Sur.
Al justificar su decisión, Fiori dijo que «sin desconocer que la persona demandada es el Estado Nacional, no puedo soslayar que la petición de los actores incluye un pedido de medida cautelar con fundamento en el derecho a la salud de un grupo vulnerable de la población». La referencia es a la obra social de los productores que también ven peligrar con la desregulación del INYM.
Es por eso que la jueza ordenó que «no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate». Los productores había solicitado que habilite la feria judicial para declarar inconstitucional el DNU y “de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento, a fin de que no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate”. Por ahora lo consiguieron porque la jueza entendió el riesgo que implica para las familias la caída del convenio de cobertura de salud que existe entre el INYM y el gobierno de Misiones.
Otra cautelar más
La justicia nacional del Trabajo volvió a admitir una medida cautelar contra el DNU de Milei. En esta oportunidad fue por la presentación que realizó la Asociación del Personal Aeronáutico (APA), gremio que conduce Edgardo Llano.
Como en otras oportunidades, el juzgado suspende preventivamente la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV, referido a los derechos laborales, del decreto. La justicia consideró que afecta a la entidad gremial y a los trabajadores representados por ella, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las presentes actuaciones.
El gremio indicó, a través de un comunicado, que «el fallo se produce en momentos en que desde el gobierno se despliega una violenta ofensiva y una campaña contra la política aérea nacional, las empresas estatales del sector, los trabajadores aeronáuticos y sus sindicatos representativos».
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/703708-freno-yerbatero-al-dnu-de-milei